Queridos amigos. Mis excusas por no haberme subido al tren del blog hasta este momento y mis saludos a todos cuantos hasta el momento han intervenido. Un placer y un honor estar con vosotros.
Me gustaría plantear una serie de preguntas al hilo del decreto que regula las condiciones para el ejercicio de determinadas terapias naturales.
Primera. La razón que da el decreto para regular la práctica de determinadas “terapias” que califica de naturales es el incremento que la población hace de su uso. Es decir, si no lo entiendo mal, puesto que cada vez hay más gente que recurre a las llamadas técnicas alternativas para resolver problemas de salud, regulemos la práctica de dichas técnicas. Podemos seguir ese argumento y concluir que puesto que el porcentaje de la población que cree a pies juntillas en las virtudes de la astrología y del horóscopo para informar sobre el futuro y el carácter de una persona es elevado, solicitemos que la comisión ministerial para el estudio del cambio climático se beneficie de la incorporación de un astrólogo y que el colegio de psicólogos regule la elaboración de horóscopos. De hecho, un psicólogo tan reputado como Eisenck creía en el llamado efecto Marte. Mi pregunta es la siguiente: ¿es razón suficiente para regular la práctica de las “alternativas” el hecho que un procentaje de la poblacion las use como método sanador?. ¿el beneficio que se obtiene de dicha regulación, como pudiera ser la acreditación de los “prácticos” en dichas “terapias”, es superior al efecto de dar un baño de honorabilidad a lo que para muchos entra de lleno dentro del curanderismo? Releo esta última pregunta y veo que me ha salido muy poco moderada y muy decantada, así que si quereis se puede plantear de forma más aséptica: ¿son superiores los beneficios de la acreditación a sus inconvenientes?.
Segunda. Decimos que las medicinas alternativas carecen de un ensayo clínico que demuestre su eficacia. ¿pensais que es así?. Porque yo tengo una creciente colección de evaluaciones donde se demuestra el efecto positivo de la acupuntura o de la homeopatia en tal o cual tratamiento. Hablo de ensayos clínicos publicados en el Lancet o en el BMJ. ¿Qué demuestra eso? ¿un aval para la acupuntura y la homeopatia o una llamada de atencion sobre el ensayo clinico?. ¿funciona la homeopatia o se trata solo de que la homeopatia se sirve del ensayo clínico del mismo modo en que lo hacen algunos departamentos de marketing de los laboratorios farmaceúticos, diseñando ensayos que sirven para amplificar inapreciables diferencias de efecto con objeto de dar una pátina de mayor eficacia a lo que es similar a lo que ya existe solo que más caro?
Tercera. ¿tras la aprobación del decreto, existe la probabilidad de que en un futuro no demasiado lejano la sanidad pública termine financiando estos tratamientos como ocurre, por ejemplo, en Francia?.
Cuarta. ¿Qué opinión os merece que CCOO rechaze el proyecto por considerarlo DEMASIADO RESTRICTIVO? ¿auge del irracionalismo en los sindicatos?.
Por último, una reflexión que me hago. En el supuesto de que la homeopatia fuera eficaz, es decir, que fuera cierto que la dilución infinitesimal de una sustancia hasta el punto de que en el disolvente no se encuentran trazas del producto diluido tuviera un efecto terapeutico superior al del placebo, mucho mas interesante que el alivio de sintomas sería que nos encontrariamos con un fenómeno que trastoca la física actual. Si existe la memoria del agua, significa que hay más cosas en el cielo y en la tierra, Horacio, de las que sueña nuestra filosofía. Un fenómeno de poca monta en el terreno médico pero que trastornar las bases de la física actual. Eso sería grandioso, de premio Nobel para arriba (Nobel, no Ignobel).
lunes, 26 de febrero de 2007
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